Claudine de Culam
Relato historico de una francesa del siglo XVIII.
Claudine de Culam fue sentenciada a la horca y quemada junto al perro con el que mantuvo relaciones sexuales ( zoofilia ) en el año 1601.
PROCESO CRIMINAL DE CLAUDINE DE CULAM. ACUSADA DE HABER COPULADO Y TENIDO COHABITACIÓN CARNAL CON UN PERRO.
El martes 7 de septiembre del año 1601 , a instancias de la querella presentada por el procurador fiscal de Rozay-en-Brie , el juez y el Alcalde de dicha localidad, hicieron comparecer ante ellos a la acusada que por haberse negado a presentarse voluntariamente tuvo que ser aprehendida por los agentes del tribunal.
Interrogada sobre su nombre, edad y ocupación, dijo llamarse Claudine de Culam, tener 16 años y trabajar como criada en casa del Prior de Revecourt, a cuyo servicio estaba desde hacía cuatro años. Preguntada entonces sobre si había tenido cópula carnal con un perro blanco con manchas negras, que le fue mostrado, respondió que no sabía lo que eso quería decir, después de lo cual fue llevada a prisión.
El miércoles 15 de septiembre comparecieron los testigos que acusaban a la criada Claudine, los cuales, después de jurar decir la verdad manifestaron lo siguiente:
El primer testigo, David Bonamy, hostelero de esta ciudad, dijo que el día de la fiesta de San Luis, estuvo de visita en casa del Prior de Revecourt, al pasar por el patio vio a la doméstica, en copulación carnal con el perro blanco, pero que no atreviéndose a decir nada al Prior habló solamente con Jeanne Dubois, viuda de Clalude, que no quiso creerle sosteniendo que su hija era demasiado seria e inocente para hacer aquello y que seguramente estuviese equivocado.
El segundo testigo, Marie Neufbois, esposa de Mathieu Gourdim, herrero, declaró que había visto a finales de agosto pasado a Claudine jugando y acariciando entre las patas traseras de un modo indecente al perro blanco y que ella misma le había reprochado su actitud.
El tercer testigo, Nicolas Perrautelle, criado del Prior declaró que el día uno de septiembre, al entrar en el salón del señor Prior, encontró a Claudine, tendida en su lecho de reposo, y que el perro estaba encima de ella, con su miembro enhiesto dentro de la criada hasta el tope, donde no se puede más y colocada de manera que pudiera ser retenida como una perra. Pero que al entrar en el salón, Claudine echó al perro y bajó sus faldas, aunque le costó desprenderse del perro que estaba bien situado dentro de ella, el animal seguía insistiendo en continuar con su quehacer, cuando se retiró pudo ver el miembro del perro totalmente descubierto así supo que estaba llena de su carne tiesa y dura. El perro seguía insistiendo y tratando de levantar con su hocico las faldas mojadas de Claudine, y Nicolás, acercándose al animal le pegó un puntapié, del golpe el animal se marchó aullando y cojeando, lo que hizo que Claudine le gritara a él ¡¿Por qué pega a mi perro y se mezcla en mis asuntos?!. Después de esto, Nicolás, le respondió que era vergonzoso que se dejara hacer esas cosas tan indecentes sobre todo tratándose de un perro.
Después de ser interrogados, los testigos se retiraron.
El viernes día 17 de septiembre compareció ante el tribunal Jeanne Dubois, viuda de Claudine, vecina de Rozay, la cual, después de hacer el oportuno juramento, declaró que su hija Claudine, era inocente, sencilla y sin malicia, y que era la envidia lo que había movido a los testigos que declararon contra ella, y que con respecto a lo dicho Nicolas Perrautelle, todo el personal en casa del señor Prior sabían que el estaba enamorado de Claudine pero que ésta no había querido escucharle nunca. Después de esto, Jeanne requirió al tribunal para que su hija fuese estudiada por unas comadronas y que informasen de lo que en verdad había pasado.
La orden del tribunal fue dada a la comadrona Jeanne L. Picarde, viuda de Thomas Brehault, que acompañada por Genevieve, esposa de André Girard, el boticario, y de Guillemeutte, esposa de Michel F., cirujano, fue dada el día veinte del mismo mes, a fin de que examinara a la Claudine e informasen luego a los jueces sobre el resultado del mismo.
El testimonio de las tres mujeres, después de haber prestado juramento de decir la verdad, fue que ellas pensaban visitar a Claudine en la sala a que esta fue conducida juntamente con el perro blanco, con el que estaba acusada de haber copulado carnalmente, pero que después de haber desnudado a Claudine para comprobar si había cohabitado con un macho, el perro saltó sobre ella e intentó conocerla carnalmente, así se confirmó que mantuvieron relaciones sexuales, y que nuevamente hubiera existido en ese momento un nuevo acoplamiento de no haber actuado para evitarlo, después de lo cual, las traes mujeres hicieron que Claudine se vistiera y redactaron su informe según la verdad y su conciencia.
Llevada el día 22 a presencia de sus jueces y tras haberle leído las declaraciones de los testigos y el informe de las tres comadronas, la acusada se puso de rodillas y confesó haber tenido cohabitación carnal con el perro y que merecía ser castigada, añadiendo luego que estaba embarazada de tres meses y que rogaba al tribunal se aplazara el juicio y la ejecución hasta que hubiese dado a luz, después de lo cual los jueces enviaron a la acusada a la cárcel atendiendo a las conclusiones del procurador fiscal.
Ordenado por el tribunal el reconocimiento de Claudine por las tres matronas para determinar si era cierto su estado de embarazo, el informe fue negativo, adicionando en su informe que nunca habían visto una vulva tan maltratada como ésta. Después de lo cual la acusada fue condenada como culpable, convicta y confesa, del delito de haber cohabitado carnalmente con el perro, y la sentencia fue que sería estrangulada y quemada viva en la gran plaza de la villa de Rognon, y sus cenizas lanzadas al viento. Además, se confiscarían sus bienes personales en provecho de quien le perteneciese, deduciendo sin embargo la suma de diez libras de multa para el Rey, y esta sentencia de dictó el 4 de octubre de 1601.
La corte del Parlamento rectificó la sentencia en el sentido de que Claudine, convicta y confesa del delito de bestialismo realizado con su perro, sería ahorcada en el patíbulo en la gran plaza de Rognon, juntamente con el perro, y que los cadáveres de los dos serían luego arrojados al fuego para ser aventadas después sus cenizas, para que no quedara ningún rastro posible de esas correrías y así no ser recordadas por las humanidad sus monstruosas fechorías.
Esta sentencia se dictó en el Parlamento el 15 de octubre del año de gracia de 1601.